El Tribunal de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) expresó mediante la Resolución Nº 281-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, que debe existir una conjunción en la toma de decisión entre el empleador y el trabajador para que sea efectivo el trabajo en sobretiempo.
En ese sentido, el trabajador no está obligado a realizar horas extras; excepto motivos de fuerza mayor, y el empleador tampoco está forzado a entregarlas si que el trabajador así lo requiere y con ello aumentar su salario.
Además, se protege el derecho del colaborador a no ser sancionado por oponerse a trabajar horas extras, a menos que, exista previamente un acuerdo planteado en el que se estipule el número de horas extras que el trabajador debe realizar.
Fuente: El Peruano Recuperado de https://elperuano.pe/noticia/130923-tribunal-aclara-sobre-el-trabajo-en-sobretiempo